martes, 27 de noviembre de 2018

Desarrollo del Protocolo


Desarrollo del Protocolo 

El sistema de Rehabilitación Integral y Reincorporación al Desarrollo de una Actividad Ocupacional se fundamenta en la Ley 100/93, artículo 153 numeral 3, que establece: “El Sistema General de Seguridad Social en Salud brindará atención en salud integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y Rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia”.

El Plan Obligatorio de Salud, artículo 162 de la Ley 100/93, estipula que este Plan permitirá la protección integral de las familias a la maternidad y enfermedad general, en las fases de promoción y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologías, según la intensidad de uso y los niveles de atención y complejidad que se definan.

En el Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad, se estableció dentro del componente de rehabilitación el desarrollo de herramientas y estrategias que fomenten los procesos de rehabilitación y reincorporación ocupacional en términos de calidad y oportunidad.

Así mismo, el Decreto 1295/94, la Ley 776/02, y demás normas dentro del SGRP, establecen el cubrimiento de los procesos asistenciales y de rehabilitación integral, por parte de las ARP, a través de las IPS, a los trabajadores que sufran accidentes de trabajo o se les diagnostique enfermedades profesionales.














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